BAG Ingenieros Consultores además de estar en condiciones de conducirlo con éxito a los nuevos desafíos del mercado actual, también puede gestionar efectivamente todas las ayudas necesarias que estén disponibles para la contratación de aquellos servicios externos que usted necesite, o el desarrollo de sus proyectos de investigación e innovación.
Entre otras ayudas, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, pone a disposición un conjunto de programas que constituyen un amplio abanico de apoyos financieros para posicionar a su empresa frente a los retos del mercado.
Los objetivos del programa, son el fomento de actividades y proyectos de empresas que incorporen las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación ( TIC ), así como facilitar a las Pymes andaluzas la incorporación de los factores formadores de la competitividad, mediante la contratación de servicios avanzados, tales como diagnósticos y estudios, diseño industrial,sistemas de gestión, cooperación e internacionalización.
SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ISO 9001 Y DEL MEDIO AMBIENTE ISO 14001
PROGRAMA PARA LA INNOVACIÓN Y LA COLABORACIÓN ENTRE PYMES DE LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA
OBJETIVOS: Promover la innovación y la colaboración entre PYMEs para fomentar el desarrollo y mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
BENEFICIARIOS/AS:
● Las pequeñas y medianas empresas (se entenderá por PYMEs las empresas que empleen a menos de 250 personas, y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros, así como que cumplan el criterio de independencia, tal como se define en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124, 20 de mayo 2003)) que cuenten con uno o más empleados y pertenezcan a la industria, construcción, turismo, comercio y servicios.
● Los organismos intermedios que realicen actividades de apoyo a las pymes de los sectores mencionados en el apartado anterior.
A tales efectos se considerarán organismos intermedios:
a) Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas, y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores.
b) Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios empresariales de apoyo a la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, y promuevan proyectos que se ajusten a las medidas del anexo de la Orden reguladora sin perseguir en dichos proyectos la obtención de beneficios.
PROYECTOS INCENTIVABLES:
Podrán ser objeto de incentivo las actuaciones que reúnan las características que se enumeran a continuación:
1. INNOVACIÓN ORGANIZATIVA Y GESTIÓN AVANZADA
1.1. Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como:
- Organización de la producción.
- Relaciones con proveedores o clientes.
- Innovación en los modelos de marketing y de comercialización.
- Gestión medioambiental
- Innovación en eficiencia energética.
- Innovación en logística y distribución.
- Innovación en el área de Recursos Humanos.
AYUDAS Y SUBVENCIONES- Integración de los sistemas de gestión empresarial.
1.2. Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.
1.3. Apoyo a la incorporación de diseño de producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto.
2. INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Y CALIDAD
2.1. Realización de planes de mejora tecnológica mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de centros tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras técnicas especializadas para la implantación de soluciones específicas.
2.2. Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.
2.3. Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001-Proyectos de I+D+I y UNE 166.002-Sistemas de Gestión de la I+D+I.
2.4. Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de gestión medioambiental (Norma UNE-ENISO 14001), de Sistemas de Gestión de Calidad (Norma UNE-EN-ISO-9001) cuando acompañe a la anterior, excelencia empresarial EFQM y Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información (Norma ISO 27001 o eventuales desarrollos posteriores).
3. PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN COLABORACIÓN
3.1. Apoyo a proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forme parte de la cadena de valor de un producto, a través de la implantación conjunta de proyectos integrados de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos innovadores de implantación conjunta, como ingeniería concurrente o diseño distribuido, destinados a mejorar procesos y productos de empresas vinculadas por la cadena de valor.
3.2. Identificación de necesidades tecnológicas, desarrollos de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y medianas empresas.
CONCEPTOS INCENTIVABLES:
1. Cuando los beneficiarios directos de los incentivos sean organismos intermedios se podrán financiar los siguientes conceptos:
a) Inversiones materiales o inmateriales, excluidas la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario, los medios de transporte y el equipamiento de oficina (excepto elementos informáticos). Con independencia de otros límites que se establezcan, los incentivos a la inversión no podrán, en este caso, sobrepasar la cantidad de 55.000 euros para organismos intermedios y 18.000 euros para pequeñas y medianas empresas.
b) Gastos de personal técnico directamente relacionado con el proyecto.
c) Colaboraciones externas tales como asistencia técnica, gastos externos de consultoría,
tutorización y servicios relacionados con los proyectos.
d) Viajes interurbanos y alojamiento, necesarios para la realización del proyecto.
e) El IVA soportado por el beneficiario cuando suponga un coste real para el mismo. En el caso de los beneficiarios sujetos a la regla de prorrata, dicho coste se calculará con base en la prorrata definitiva del último ejercicio finalizado antes de la concesión del incentivo, siendo responsabilidad del organismo incluir el resultado final en la liquidación de sus obligaciones fiscales.
f) Gastos generales, que no podrán superar el 10% de la base incentivable.
2. Cuando los beneficiarios del incentivo sean pequeñas y medianas empresas se podrán financiar los gastos considerados en los epígrafes a) y c) del apartado anterior, así como los considerados en el epígrafe b) en el caso de realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.
3. No serán incentivables los servicios prestados a las pequeñas y medianas empresas que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la empresa.
MODALIDADES E INTENSIDAD DE INCENTIVOS:
Solamente se aplicarán incentivos directos a fondo perdido, se establece una intensidad máxima del 50%.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las solicitudes para la obtención de los incentivos deberán formularse telemáticamente con los medios electrónicos disponibles conforme al modelo que encontrará en la dirección de internet: www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa.
PLAZO: El plazo de presentación de solicitudes se encontrará abierto hasta el 30 de diciembre de 2013.
REGULACIÓN:
ORDEN de 9 de diciembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2008 a 2013. (BOJA nº: 249, 17/12/2008).
ORDEN de 28 de septiembre de 2009, por la que se modifica la de 9 de diciembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2008 a 2013, y se convalida la resolución del Viceconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de 22 de diciembre de 2008. (BOJA nº: 201, 14/10/2009).
+ información de subvenciones para la implantación de Sistemas de Gestión 2011